La cartilla militar representa un mandato Constitucional, al cual, todos los jóvenes con la edad requerida para ser militar, se encuentran obligados a cumplir, según su disponibilidad en los centros de adiestramiento.
Este trámite debe ser llevado a cabo por todos los mayores de 18 años que sean mexicanos. Sin embargo, no siempre es posible cumplir con dicha obligación y hoy te mostrare las excepciones para poder obtener tu cartilla militar sin hacer el servicio, sin marchar o si eres remiso.
Resolvemos tus dudas
Cómo liberar una cartilla militar sin hacer el servicio
En el caso de que tengas 40 años o más y no hayas podido obtener tu cartilla, solo necesitaras realizar un trámite en la Zona militar más cercana y solicitar la “Excepción por ser mayor”
Será necesario que se consignen algunos documentos, tales como:
- Solicitud del interesado
- Copia certificada de nuestra partida de nacimiento y una fotocopia
- Comprobante del pago de los derechos (solo para los casos de expedición de constancia de la excepción)
Este trámite es completamente gratuito y no necesitaremos cancelar ningún tipo de multa una vez obtengamos nuestra cartilla.
Como puedo liberar mi cartilla militar si soy remiso
Aquel que no pudo obtener su cartilla militar al cumplir 18 años debe presentar una constancia de no registro la cual es emitida por el Centro de Reclutamiento situado en su Alcaldia o Junta municipal donde nació.
En la constancia especifica que no se le ha expedido la cartilla de identidad en el Servicio Militar.
¿Qué pasa si no tramito mi cartilla militar?
La ley no establece sanciones penales ni administrativas para las personas que no realizan el servicio militar o que por ende, no liberen su cartilla.
No obstante, se estaría incumpliendo con un mandato de la constitución que si puede llegar a tener consecuencias en el ámbito laboral.
Si en algún momento de tu vida requieres trabajar para el gobierno, de no tener este documento comenzaran a presentarse inconvenientes para la contratación.
La ley señala que todos los funcionarios estatales y federales deben haber cumplido su Servicio Militar satisfactoriamente. En caso de no ser así, serán remitidos con las autoridades pertinentes.